martes, 30 de agosto de 2011

REFORMAS QUE DAN MIEDO


Ya hemos vuelto de vacaciones y no doy para sustos y disgustos. Ahora se ha puesto de moda modificar la constitución, como decía el anuncio, “Reforma Express”.

Para una cosa que se ponen de acuerdo PP y PSOE, y no estoy de acuerdo.

Veamos, sólo Alemania tiene limitado el déficit (que no el gasto) en la constitución. Ningún otro país lo hace. La reforma que pretende el gobierno y el PP se referirá al título VII, artículo 135 que lo redactarán de nuevo.
El antiguo artículo dice así:
“1. El Gobierno habrá de estar autorizado por la ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.
2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajustes a las condiciones de la ley de emisión.”

Y el nuevo que se propone (todavía no definitivo) dice así:
“1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará: a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse. b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural. c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias”.

De todo este pestiño se puede extraer la siguiente conclusión: La reforma ha sido impuesta por la UE, y en concreto por el único país con limitación constitucional al déficit, es decir, Alemania. El Reino de España ya no es independiente, al menos en temas económicos y financieros, pues ha perdido autonomía; ya que reforma y modifica aquello que un ente extranjero (la UE o, en concreto, Alemania, o el FMI).

No se trata del discurso izquierdista que últimamente se dice (especulación-bancos-finanzas-impuestos a los ricos, etc.). El problema no es el límite del déficit, sino el límite de gasto. Un Estado de Bienestar no se sostiene indefinidamente cuando se gasta más de lo que se ingresa. Y esto, lo sabe cualquiera; otra cosa es que quiera darse cuenta del problema. Eso es lo que me da miedo, que los políticos no saben reconocer el problema y por lo tanto, no sólo no lo solucionan sino que lo pueden agravar.

Lo peor de todo es que lo que hay que reformar, no lo tocan. Usted, querido lector ya se habrá dado cuenta cual es el problema que tiene este país en cuanto a la cantidad de gasto público; y no es otro que el Estado de Autonomías. Que es causa del problema del déficit y que no se atreven, ni a tocar.

Cito a modo de ejemplo, en el País Vasco, cuya población no llega a los 3 millones (algo menos que la mitad de la población de la Comunidad de Madrid tiene 4 parlamentos: el de la Comunidad Autónoma y el de las 3 Juntas Generales de los territorios forales).

Y así está el tema. Sin una solución que resuelva el problema.

JIV