
Al gobierno se le exige austeridad. ¿Y que es lo que, estimado lector, hace? Pues gastar y gastar más (como ya hizo en su momento Grecia).
¿Y qué ocurre con los altos cargos políticos y con los diputados/senadores nacionales, autonómicos y locales? Pues na de na. Los diputados y senadores, tras casi 40 días (de cuaresma) sin actividad parlamentaria, vuelven al arduo trabajo de darle a los botoncitos y, de vez en cuando, salir a la palestra a realizar una exposición (je, como las que yo hacia en la universidad). Y dentro de unos meses, de vacaciones. Si es que no se puede pedirles a sus señorías que trabajen tanto, por tan poco.
Bueno, después de unas coñas, creo que va siendo hora de hablar en serio. ¿Nadie cree que no es necesario hacer una reforma en cuanto a los diputados o senadores y los altos cargos? Yo creo que sí y que además debe ir encaminada a reformar tres puntos, que a mi juicio son importantes:
- El tema de acceso. ¿Porqué un ujier de las cortes necesita un título de graduado, mientras que un diputado puede ser cualquiera? Un poder requiere una gran responsabilidad, pero, hasta ahora, no tiene un correlativo en cuanto a la formación de quien ostenta esa responsabilidad. Creo que, en este aspecto, se debería ser más exigente, y exigir para el acceso a la condición de diputado, senador y alto cargo (del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Municipales), un mínimo de una diplomatura.
- El tema de la retribución. Según algunos la retribución de los diputados es de las más bajas de Europa. ¡Pero es que tienen casi 4 meses de vacaciones! Por lo tanto, o bien que trabajen algo más y obligarles a, al menos, hacer acto de presencia en todas y cada una de las sesiones, o bien, bajarles el sueldo en proporción.
- El tema de las pensiones. Esto es lo que dice la regulación sobre el tema.
“Tendrán derecho a obtener la pensión parlamentaria los ex-parlamentarios que hayan tenido la condición de Diputados o de Senadores durante al menos siete años, siempre que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Que hayan cumplido 65 años y obtenido la jubilación.
b) Que hayan obtenido la jubilación anticipada, siempre que hayan cumplido 60 años y hayan cotizado durante 40 años.
c) Que hayan obtenido la declaración de invalidez permanente en sus grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez”.
Artículo 7: El ex-parlamentario que, en el momento de su cese, haya cumplido 55 años o los cumpla en el año en que se produzca la disolución de la Cámara y carezca de una actividad profesional o laboral permanente por cuenta propia o ajena, tendrá derecho a que por las Cortes Generales se le mantenga en situación de alta en la Seguridad Social hasta que complete el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación, de acuerdo con el convenio que las Cortes Generales y la Seguridad Social tengan suscrito.
Artículo 8: Una vez concluido el derecho a percibir la indemnización por cese, si no tiene ingresos, el ex-parlamentario al que las Cortes mantengan en situación de alta en la Seguridad Social tendrá, además, derecho a percibir una ayuda equivalente al 60% de la asignación constitucional hasta que complete el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación.
Artículo 11. 1: Los miembros de las Cortes Generales que causen baja por disolución de las Cámaras tendrán derecho a percibir una indemnización de transición en un pago único.
Y estos son los privilegios que yo creo que es preciso que se reformen. Pues no se puede pedir austeridad si los diputados y senadores de las Cortes no dan ejemplo
JIV
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