viernes, 16 de abril de 2010

SOBRE GARZÓN. (II) ¿JURISDICCIÓN UNIVERSAL?

El caso de Garzón y la incomprensible y posterior reacción en países como Argentina (pidiendo encima cuentas al Rey, pero adónde vamos a ir a parar), reavivan para mí un debate acerca de la viabilidad y seguridad jurídica de la jurisdicción universal, que, curiosamente se ha adrogado la Audiencia Nacional, con Garzón al frente.

Y digo curiosamente, por el sustantivo que sigue a Audiencia, Nacional. Es decir, para asuntos internos, nacionales (excluyendo, per sé cualquier relación internacional). Sin embargo, parece que el Tribunal Constitucional no admite esta opinión, y acepta que la Audiencia Nacional tenga jurisdicción universal.

Tal posición me parece absurda, pues, el propio tribunal ignora todos los principios del Derecho Internacional Público y de las relaciones de los Estados Soberanos a través de los tratados internacionales.

Si lo que se quiere es establecer tribunales que juzguen crímenes, calificados, de lesa humanidad (genocidios, crímenes de guerra), pues me parece muy bien. Pero estos tribunales deben tener únicamente atribuida esta jurisdicción, en un tratado internacional (ya sea de la ONU o de la propia Unión Europea). Y no una atribución fuera de ley del tribunal (que es lo que ha hecho Garzón y la Audiencia Nacional). Tal atribución es injusta y puede generar muchos problemas diplomáticos (con países como China, Rusia o Estados Unidos).

En cuanto a lo que plantean los tribunales argentinos es un dislate. ¿Acaso tienen jurisdicción para iniciar actuaciones penales de crímenes cometidos en España? Tal afirmación no puede sino negarse con rotundidad, en pos de la seguridad jurídica. ¿Acaso estos tribunales tienen jurisdicción para determinar la legalidad o no de una ley española? Otro disparate. ¿España sometida a tribunales de un país sudamericano? Lo que nos faltaba. Eso sí que es un ridículo. ¿Acaso los ingleses, americanos, rusos, o chinos consentirían que un tribunal español, francés, argentino o mexicano juzgase sus crímenes decenios después de haberlos cometido?
¿Es que no vamos a poner coto a esta aberración de la Jurisdicción Universal?

Para terminar, permítanme un pequeño comentario de Ramón Jáuregui, eurodiputado del PSOE:

“En España hubo una guerra, en la que se produjeron violaciones brutales, probablemente de todos, luego hubo una represión franquista". "Y yo creo que lo que no cabe es cuestionar la decisión política del pueblo español de que la amnistía del año 78 pueda ser cuestionada y, por tanto, podamos reverdecer una especie de persecución procesal contra todos los responsables penales de todos aquellos crímenes desde los años 36 para adelante. Y eso no le corresponde a ninguna Justicia ni puede ser cuestionada la voluntad democrática del pueblo español, de hacer como hicimos la transición democrática".

JIV

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