martes, 6 de diciembre de 2016

LA CONSTITUCIÓN. EL ART 135

¿Se acuerdan cuando en agosto de 2011 se reformó la constitución? ¿Se acuerdan que fue una reforma Express? Algo realmente criticado. La izquierda criticó duramente este cambio. Arguyendo múltiples críticas, que a continuación expongo.

No se consultó al pueblo. Como bien dice la propia Carta Magna, solo se puede someter a referéndum las modificaciones efectuadas  sobre el Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, o cuando lo soliciten 35 diputados. Ninguna de estas dos cosas ha ocurrido. Con lo cual el argumento se cae por su propio peso. El desconocimiento del que presume la izquierda es preocupante. En este link se puede consultar como se debe hacer una reforma constitucional: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t10.html#t10

Segundo, perjudica al pueblo. Y dale con el pueblo. Siempre están con el pueblo en la boca, para cuando les interesa claro. Argumento falso. Veamos.  El nuevo artículo 135 tiene una redacción mucho más extensa y supone un compromiso de primer nivel con la responsabilidad fiscal (amenaza para el programa económico de Podemos-IU). Además, la estabilidad presupuestaria no es solamente un principio de gestión característico de Estados modernos y solventes: también es un requisito ligado a nuestra pertenencia a las instituciones comunitarias europeas. Por lo que a la larga beneficia al propio país y por tanto a ese pueblo que tanto defienden. Llevar a un país a la ruina y a la quiebra no es precisamente beneficioso para el pueblo.

Y tercero. Cuando los anteriores fallan tratan de buscar algo más elaborado, aunque la idea es simple. Como está en la constitución, el techo de gasto es algo inflexible, lo que ataría las manos en casos de crisis prolongadas o desastres naturales. Una lectura más detallada del articulo se observa que los límites del déficit estructural y deuda pública "podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado"
¿Cómo sabemos si estamos en un escenario de este tipo? ¿Procedimiento técnico existente? Pues no. En este articulo señala que la suspensión de estos objetivos mencionados se realiza por mayoría absoluta del Congreso, o sea, por 176 diputados.
Por lo tanto, basta con la mitad más uno para relajar los objetivos fijados en la propia constitución.
Por tanto, el texto no es tan inflexible como nos lo quieren vender.

Y ya no tienen más argumentos, salvo claro está recurrir al insulto (Cuando te dicen, ¡fascista! O cosas por el estilo).

El año pasado Pablito Iglesias estuvo en el homenaje a la Constitución. Pero claro, estábamos en campaña y entonces eran socialdemócratas nórdicos

Con esta izquierda no nos va a ir bien,


JIV

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