miércoles, 25 de enero de 2012

LA PIEZA DE GARZÓN (II)

Vamos a ver el segundo caso: Garzón rechazó una querella contra un banco que le financió unos cursos en Estados Unidos.


El 28 de enero de 2010, también por unanimidad (toda la sala vota a favor de abrir la causa), el Supremo abre una causa para investigar al juez por presuntos delitos de prevaricación y cohecho por el dinero que solicitó personalmente y recibió del entonces BSCH, BBVA, Cepsa, Endesa y Telefónica para financiar actividades que desarrolló durante su estancia en la Universidad de Nueva York en 2005 y 2006.

Tras su reincorporación a la Audiencia Nacional, Garzón recibió una querella dirigida contra el presidente del entonces BSCH, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad que unos meses antes había entregado la "generosa aportación" de 302.000 dólares (260.000 euros) para organizar dos series de coloquios. Sin abstenerse, Garzón inadmitió esa querella.

Por lo que se refiere al BBVA, Garzón sentó en el banquillo a Emilio Ybarra y a otros dirigentes del 'clan de Neguri', lo que facilitó que Francisco González quedara como presidente único de la entidad. Al poco tiempo, el juez escribió a González con objeto de que contribuyera a la financiación de un seminario sobre terrorismo que Garzón dirigía en la Universidad de Nueva York.

De acuerdo con la querella, los fondos del BSCH habrían servido, además de para financiar los coloquios celebrados en la Universidad de Nueva York bajo la dirección de Garzón, para abonar viajes del juez por 22.650 dólares y para pagar la matrícula de su hija en la Escuela Internacional de Naciones Unidas por importe de 21.650 dólares.

Para la admisión de la querella fue determinante el conocimiento de las cartas que Garzón envió a Botín para solicitarle los fondos, elemento que no se conocía cuando, el 2 de febrero del pasado año, se archivó una primera investigación sobre los hechos.

En ellas, Garzón se dirige al presidente del banco, le agradece la financiación recibida y le pide más dinero para organizar una segunda serie de coloquios, lo que es objeto de nuevos agradecimientos. "No puede rechazarse en este momento la posibilidad de establecer alguna relación" entre la petición y consecución del patrocinio del BSCH y la negativa a abrir un proceso al presidente de esa entidad, dice la Sala de lo Penal en el auto de iniciación del proceso.

Durante la tramitación de la causa han aparecido nuevas cartas del juez pidiendo dinero a los directivos de Cepsa, Endesa, Telefónica y BBVA. En total, logró recaudar en torno al millón de euros.


Este es el caso.

Pues bien, el delito de cohecho impropio, requiere que las dádivas, como señala los artículos 419 a 421 del Código Penal requiere que la autoridad o funcionario público recibiere o solicitare, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo, o un acto que esté prohibido o como recompensa o premio por su realización.

Es decir, la dádiva debe ser realizada inmediatamente antes de la sentencia judicial. En nuestro caso, los donativos son realizados entre 2005 y 2006 y la querella presentada contra Botín y otros cargos del BSCH, unos meses después. La cuestión es que hay que demostrar inmediatez con estas dádivas, en relación con la querella antes mencionada, ya que en caso contrario no hay responsabilidad penal. Otra cosa es la posible responsabilidad fiscal que hubiera en caso de no haber declarado al fisco estos ingresos/donativos (y no sé si la supuesta infracción tributaria hubiera prescrito o no).

Sin embargo, el Supremo afirma que no puede excluirse el carácter delictivo de los hechos narrados en la querella presentada por los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón, especialmente tras conocerse el contenido de las cartas que el juez Garzón envió a Botín solicitándole el dinero y agradeciéndole su entrega. Estas misivas no se conocían cuando la Sala archivó una primera investigación sobre estos hechos en febrero de 2009.

En este proceso se debe probar que Garzón pidió estos donativos como condición previa para inadmitir la querella anteriormente citada. ¿Es posible tal argumentación? La verdad es que es muy difícil demostrar tal situación y que nos encontramos ante un delito tipificado en los anteriores artículos mencionados.

En todo caso, el procedimiento penal de Garzón sería por falso testimonio, del artículo 458 del Código Penal, por la ocultación maliciosa en la primera investigación que se le hizo a Garzón en febrero de 2009. Pero claro, hay que demostrar que había dolo en la ocultación.

La situación es difícil para el Tribunal.

Creo que este caso debería de ser un caso llevado como infracción del código de conducta de los jueces y por lo tanto planteado en el seno del consejo del poder judicial; ya que tenía una relación o interés personal en el caso, y tenía el deber de abstenerse y no lo hizo. Como mucho 2 años de inhabilitación y multa económica.

JIV

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